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Proceso Legislativo en Vivo

Ley General de Inteligencia Artificial

Análisis detallado de la propuesta, contenido de la ley, línea de tiempo legislativa, preocupaciones, y recursos para seguir el proceso en el Senado de la República. Semana del 23 al 28 de febrero de 2026.

Resumen Ejecutivo

El Congreso de la Unión de México se encuentra en una fase decisiva para establecer el primer marco regulatorio integral en materia de Inteligencia Artificial. La sesión clave es la del miércoles 25 de febrero, donde se espera la votación de la Ley General de IA. Al día siguiente, el jueves 26 de febrero a las 10:00 a.m., el Secretario Técnico de la Comisión de IA del Senado impartirá un webinar exclusivo para socios CANACINTRA explicando los alcances de la nueva ley.

¿Qué dice la Ley?

Contenido y estructura de la propuesta

1. Reforma Constitucional al Art. 73

Iniciativa del Sen. Saúl Monreal Ávila para adicionar una fracción XXXII al Artículo 73, otorgando al Congreso la facultad de expedir una Ley General en materia de IA.

Nota: La iniciativa formal del 3 de febrero de 2026 solo reforma el Art. 73. La reforma al Art. 3 fue contemplada en la Propuesta de Marco Normativo de oct. 2025, pero no se presentó como iniciativa formal ante el Senado.

2. Ley General de IA (LGIA v1)

Propuesta de la Comisión de IA del Senado. Contiene 223 artículos + 10 transitorios + Glosario Reglamentario en 14 Títulos. Resultado de consulta con 72 especialistas.

Estructura: 14 Títulos de la LGIA v1

223 artículos + 10 transitorios + Glosario Reglamentario

TítuloContenidoRelevancia
Disposiciones Generales (objeto, definiciones, ámbito)Base
Principios Éticos, DDHH y NeuroderechosCrítico
Gobernanza y Coordinación MultinivelCrítico
Estrategia Nacional y Política Pública en IAEstratégico
Instituciones Rectoras (SECIHTI, ATDT, Autoridad Nacional)Crítico
Educación, Capacitación y Cultura DigitalImportante
Perspectiva de Género, Inclusión y No DiscriminaciónImportante
Fomento al Desarrollo, Innovación y Capacidades NacionalesEstratégico
Evaluación, Clasificación y Gestión de RiesgosCrítico
10°Aplicaciones Prohibidas y de Alto RiesgoCrítico
11°Derechos y Obligaciones (Desarrolladores, Operadores, Usuarios)Crítico
12°Transparencia, Rendición de Cuentas y Datos AbiertosImportante
13°Procedimientos AdministrativosOperativo
14°Infracciones, Responsabilidades y SancionesCrítico

Primera Definición Federal de IA en México (Art. 4, fracc. XX)

"Sistema socio-técnico basado en modelos computacionales o matemáticos que, a partir del procesamiento de datos, señales o instrucciones, realiza funciones de aprendizaje, razonamiento, predicción, clasificación, generación de contenidos o comprensión del lenguaje, con el objetivo de producir resultados, decisiones o acciones que, de efectuarse exclusivamente por personas, requerirían inteligencia o juicio humano; pudiendo operar de manera autónoma, semiautónoma o asistida."

Más amplia que la del AI Act europeo e incluye explícitamente la IA generativa. El Art. 4 establece un glosario de 49 definiciones legales: sesgo algorítmico, deepfake, sandbox regulatorio, GPAI, modelo fundacional, sistema autónomo crítico, riesgo sistémico en IA y soberanía tecnológica, entre otros. Los Anexos añaden 14 definiciones técnicas complementarias.

Arquitectura Institucional (Título Quinto)

La LGIA v1 distingue entre función estratégica científico-tecnológica (SECIHTI) y función operativa de transformación digital (ATDT):

Autoridad Nacional en IA

Ente rector nacional. Coordina, supervisa y regula la implementación de la ley.

SECIHTI — Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación

Responsable de la política de I+D y fomento científico-tecnológico en IA.

ATDT — Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones

Responsable de la función operativa: implementación, supervisión y transformación digital.

Sistema Nacional de IA

Marco de coordinación entre los tres órdenes de gobierno, sector privado, academia y sociedad civil.

Consejo Consultivo Nacional

Órgano multisectorial, no vinculante. Emite recomendaciones y promueve la participación ciudadana.

Principios Rectores (Art. 11)

Enfoque centrado en la persona y protección de derechos humanos

Inclusión y no discriminación

Transparencia y explicabilidad de los algoritmos

Seguridad, fiabilidad y robustez de los sistemas

Privacidad y gobernanza de datos

Rendición de cuentas y supervisión humana

Sostenibilidad y fomento a la innovación

Protección de derechos laborales, culturales, creativos y de propiedad intelectual, incluidos actores, artistas, escritores, periodistas, compositores y demás creadores

Mecanismos Clave

Enfoque Basado en Riesgos

La LGIA v1 usa tres categorías: aplicaciones prohibidas (Título Décimo), sistemas de alto riesgo con obligaciones reforzadas, y sistemas de uso limitado o personal con principios básicos. No usa la nomenclatura exacta del AI Act europeo.

Aplicaciones Prohibidas (Título Décimo)

Prohíbe: manipulación cognitiva coercitiva, puntuación social estatal (social scoring), identificación biométrica masiva sin base legal, y cualquier aplicación que vulnere derechos humanos o la seguridad nacional.

Registro Nacional de Sistemas

Registro obligatorio de sistemas de IA de alto riesgo, con documentación técnica, evaluaciones de impacto y auditorías periódicas.

Sandboxes Regulatorios (Art. 4, fracc. XXXVI)

Entornos controlados para probar sistemas de IA de alto riesgo. Accesibles para cualquier actor, no exclusivos para PyMEs o startups.

43 Ordenamientos — Art. 9

El Art. 9 lista 43 ordenamientos (leyes generales, federales, códigos y el T-MEC) con los que la LGIA debe interpretarse y aplicarse armónicamente.

Alcance Extraterritorial (Art. 6)

Aplica a sistemas de IA que generen impactos en México o sean usados por entidades extranjeras que presten servicios a residentes mexicanos. El Art. 7 lista 31 ámbitos sectoriales específicos.

Cinco Neuroderechos Reconocidos (Art. 18)

México sería uno de los primeros países en reconocer neuroderechos a nivel de ley ordinaria (Chile lo hizo a nivel constitucional en 2021):

I. Identidad personal y continuidad psicológica

II. Privacidad mental

III. Integridad cognitiva y protección frente a interferencias no consentidas

IV. Autonomía de la voluntad

V. Equidad y no manipulación neurotecnológica indebida

Régimen Sancionador — Título Décimo Cuarto (Arts. 208-222)

Infracciones Leves (Art. 209)

Omisiones formales de transparencia, registro o notificación.

Infracciones Graves (Art. 210)

Incumplimiento de evaluaciones de impacto, auditorías, falta de supervisión humana en sistemas de alto riesgo.

Infracciones Gravísimas (Art. 211)

Uso de aplicaciones prohibidas, daño grave a DDHH, discriminación sistemática, afectación a seguridad nacional.

Sanciones (Art. 217): amonestación, multas, inhabilitación, suspensión o retiro del sistema, reparación integral del daño. La reincidencia en graves o gravísimas puede duplicar las sanciones (Art. 222).

Régimen Transitorio — Plazos Clave

Día siguiente al DOF

Entrada en vigor de la Ley

90 días

Instalación de la Autoridad Nacional en IA + Consejo Consultivo Nacional

180 días

Reglamento de la Ley + Estrategia Nacional de IA

365 días

Armonización normativa por los 3 órdenes de gobierno y organismos autónomos

2 años

Registro, clasificación y adecuación de sistemas de IA preexistentes

¿De dónde salió la iniciativa?

Origen y proceso de consulta

El marco regulatorio es la culminación de un proceso que comenzó en 2023 y se intensificó a lo largo de 2024 y 2025.

Necesidad de Certeza Jurídica

El rápido avance de la IA en México generó un vacío normativo que creaba incertidumbre para la inversión y riesgos para los derechos de los ciudadanos.

Iniciativas Precursoras

Desde 2023, se presentaron al menos seis iniciativas en el Congreso, incluyendo propuestas del Dip. Ricardo Monreal y el Sen. Clemente Castañeda.

Proceso de Parlamento Abierto

La Comisión de IA del Senado, presidida por el Sen. Rolando Rodrigo Zapata Bello, realizó 6 conversatorios con 72 expertos, cuyas 34 recomendaciones constituyen el núcleo de la propuesta.

Influencia Internacional

Inspirada en la Ley de IA de la UE, adoptando enfoque de clasificación de riesgos. La definición mexicana de IA es más amplia que la europea e incluye explícitamente la IA generativa.

Nota Inédita de Transparencia

La propia LGIA v1 incluye una "Nota de Transparencia y Buenas Prácticas Editoriales" donde la Comisión reconoce haber usado herramientas de IA generativa para tareas auxiliares de revisión formal del texto, bajo supervisión humana permanente. Esto es inédito en la legislación mexicana.

¿Cómo puedo leer la iniciativa?

Documentos oficiales y fuentes

El proceso legislativo involucra dos documentos: la Iniciativa de Reforma al Art. 73, presentada por el Sen. Saúl Monreal Ávila, y el texto de la Ley General de IA elaborado por la Comisión de IA del Senado, presidida por el Sen. Rolando Zapata Bello.

El dictamen de la LGIA v1 está disponible en el link anterior. La iniciativa de reforma al Art. 73 fue publicada en el SIL de Gobernación el 17 de febrero de 2026.

Línea de Tiempo Legislativa

Hitos principales del proceso

30 mar. 2023

Se presenta la primera iniciativa de "Ley para la regulación ética de la IA y la robótica".

20 sep. 2023

Se presenta la propuesta de reforma al Artículo 73 constitucional para incluir IA, ciberseguridad y neuroderechos.

Oct 2024 – Abr 2025

La Comisión de IA del Senado realiza 6 conversatorios con 72 expertos de la industria, academia, gobierno y sociedad civil.

3 oct. 2025

La Comisión de IA publica la "Propuesta de Marco Normativo para la IA en México", contemplando reformas a los Arts. 3 y 73.

16 oct. 2025

La Comisión de IA aprueba su plan de trabajo anual, priorizando la creación de la Ley General de IA.

3 feb. 2026

El Sen. Saúl Monreal Ávila presenta la iniciativa formal para reformar únicamente el Artículo 73 de la Constitución (adición de fracción XXXII).

17 feb. 2026

La Cámara de Diputados aprueba por unanimidad (442 votos) la reforma para sancionar deepfakes de contenido sexual. Remitida al Senado.

25 feb. 2026

Fecha prevista para la votación en el Pleno del Senado de la Ley General de Inteligencia Artificial.

26 feb. 2026

Foro "Del Senado a la Industria" para explicar los alcances de la nueva ley al sector empresarial.

Contexto Legislativo Paralelo

Legislación complementaria en curso

Reforma deepfakes — Aprobada en Diputados (17 feb. 2026)

La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad (442 votos) la reforma al Art. 20 Quáter de la LGAMVLV, para sancionar la violencia digital mediante IA generativa (deepfakes de contenido sexual). Ya remitida al Senado.

Ley Federal para el Desarrollo Ético, Soberano e Inclusivo de la IA — En Diputados

Propuesta de MORENA/PVEM (2025) que incluye reformas al Código Penal Federal y a la Ley Federal del Derecho de Autor en materia de IA generativa. Contempla protección específica para actores de doblaje frente al uso de IA para replicar su voz sin consentimiento.

Principales Preocupaciones y Críticas

Voces de la sociedad civil, academia y expertos

A pesar del consenso sobre la necesidad de regular la IA, han surgido diversas preocupaciones:

Riesgos para la Libertad de Expresión y Privacidad

Organizaciones como Artículo 19 advierten que conceptos ambiguos como "alterar la confianza pública" o "paz social" podrían criminalizar actividades legítimas como la crítica política, la sátira o la creación artística.

Vigilancia y Seguridad Nacional

La participación de SEDENA, SEMAR y Guardia Nacional en los conversatorios ha generado preocupación sobre el posible uso de IA para vigilancia masiva y reconocimiento facial. La ley prohíbe la identificación biométrica masiva sin base legal, pero los límites prácticos son objeto de debate.

Capacidad Institucional

Expertos señalan que la ambición de la ley podría superar la capacidad del Estado para implementarla. Los plazos de 90 a 365 días para instalar instituciones y emitir reglamentos son considerados muy ajustados.

Propiedad Intelectual y Derechos de Creadores

Fuerte tensión en torno al uso de obras protegidas para entrenar modelos de IA. La LGIA v1 incluye en sus principios la protección de derechos de actores, escritores, artistas, periodistas y compositores, pero el mecanismo concreto queda pendiente de reglamentación.

Derechos Laborales

Sindicatos y trabajadores han expresado preocupación por el desplazamiento de puestos de trabajo, la precarización y la necesidad de una transición justa.

Sesiones Plenarias del Senado

Con transmisión en vivo

Ambas sesiones serán transmitidas en vivo por el Canal del Congreso México en YouTube y por TV abierta (canales 45.1, 45.2 y 45.3). La Ley General de IA está prevista para la sesión del 25 de febrero.

CLAVEMiércoles 25 de febrero

Sesión Ordinaria del Pleno — Votación prevista de la Ley General de IA

Canal del Congreso
SESIÓNJueves 26 de febrero

Sesión Ordinaria del Pleno del Senado

Canal del Congreso

El Canal del Congreso no publica los links de transmisión con anticipación; los videos quedan disponibles en YouTube al concluir cada sesión.

Webinar Especial — Post-Legislativo

Exclusivo para socios CANACINTRA

Jueves 26 de febrero, 10:00 a.m.

Del Senado a la Industria: Panorama Legislativo IA 2026

Implementa IA sin poner en riesgo a tu empresa. Impartido por Mtro. Alonso Bernardo Tamez Vélez, Secretario Técnico de la Comisión de IA del Senado. Organizado por el Comité de IA de CANACINTRA Coahuila Sureste.

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Videos Disponibles

Canal Oficial del Senado de México y Canal del Congreso

Intervenciones de Senadores

Dónde Seguir las Sesiones en Vivo

Canal del Congreso México

YouTube

Senado de México (oficial)

YouTube

Canal del Congreso

TV Abierta — Canales 45.1, 45.2 y 45.3

Canal del Congreso

Dish / Sky — Canal 145

Referencias y Fuentes